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Art. 1124 CC · Art. 657 CC · Art. 90 Cc

Reclamaciones, contratos y familia

Del impago de un particular a un conflicto contractual entre vecinos, pasando por un divorcio. La mayoría de los asuntos civiles se resuelven sin pisar un juzgado si se plantean bien desde el principio.

Reclamaciones y conflictos contractuales

Reclamaciones de cantidad entre particulares. Préstamos no devueltos, facturas impagadas, deudas reconocidas por escrito o de palabra que nunca se saldan. Empezamos siempre por una reclamación extrajudicial bien fundamentada — en muchos casos basta para resolver el problema sin pisar un juzgado.

Conflictos de arrendamiento. Fianzas no devueltas al final del contrato, desperfectos discutidos, rescisiones anticipadas, incumplimientos del casero o del inquilino.

Responsabilidad civil. Daños causados por terceros — un golpe, una avería, un accidente doméstico o comunitario — donde alguien tiene que responder y no lo está haciendo.

Conflictos contractuales entre particulares. Compraventas que no se cumplen, acuerdos verbales o por escrito que una de las partes incumple, arras que se quieren recuperar o retener.

Derecho de familia

Divorcios de mutuo acuerdo y contenciosos, custodia y régimen de visitas, pensiones de alimentos y compensatorias, y rupturas de parejas de hecho.

Esta área la gestionamos junto con un colaborador especializado en derecho de familia bajo nuestra coordinación directa, de forma que mantienes un único punto de contacto en el despacho mientras la ejecución técnica del proceso está en manos de quien se dedica específicamente a esta materia.

Cómo trabajamos

Empezamos con una consulta gratuita donde te decimos sin rodeos si tu caso tiene recorrido y qué vía es la más rápida y económica: negociación directa, reclamación extrajudicial o, si no queda otra, vía judicial con procurador de confianza.

No te vendemos un pleito si una carta bien redactada puede resolver el problema en dos semanas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una deuda?

Como regla general, las acciones personales prescriben a los 5 años en el ámbito civil común. Cuanto antes actúes, mejor.

¿Es obligatorio pasar por mediación antes del divorcio?

No siempre, pero en muchos casos acelera el proceso y reduce el desgaste, especialmente cuando hay hijos menores.